

{"id":6763,"date":"2017-11-02T16:12:56","date_gmt":"2017-11-02T14:12:56","guid":{"rendered":"https:\/\/beta.aurisadvocats.com\/2017\/11\/02\/firmar-la-carta-de-despido\/"},"modified":"2021-01-09T11:55:26","modified_gmt":"2021-01-09T09:55:26","slug":"firmar-la-carta-de-despido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auris.bcntic.com\/en\/firmar-la-carta-de-despido\/","title":{"rendered":"\u00bfFirmo la carta de despido?"},"content":{"rendered":"<p>En la mayor\u00eda de ocasiones en que se produce un despido, con entrega en mano al trabajador de <strong>carta de despido<\/strong> y otros documentos, el trabajador se encuentra en una situaci\u00f3n que le produce un sinf\u00edn de interrogantes. En este tipo de situaciones, hasta el trabajador m\u00e1s experimentado en tareas administrativas se equivoca al firmar documentos cuando le despiden. Sin lugar a dudas, <strong>el primer interrogante al que se enfrenta el trabajador es si debe o no debe firmar la carta de despido<\/strong>, as\u00ed como el<strong> documento de liquidaci\u00f3n y finiquito<\/strong> que, por lo general, la empresa entrega al trabajador en el momento de su despido.<!--more--><\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 es la carta de despido? \u00bfLa firmo?<\/h2>\n<p>La<strong> carta de despido<\/strong> consiste en una comunicaci\u00f3n empresarial por la que se comunica al trabajador que la empresa ha decidido dar por finalizado el contrato laboral, haciendo constar las causas del despido y la fecha de efectos en que tendr\u00e1 lugar. Por lo general, y salvo que en la misma se haga constar otra cosa, <strong>la carta de despido sirve de comunicaci\u00f3n al trabajador de una decisi\u00f3n unilateral tomada por la empresa, por lo que si el trabajador la firma se le tendr\u00e1 por notificado de los hechos que constan en la carta<\/strong>, as\u00ed como de la fecha que all\u00ed aparece.<\/p>\n<h3>Recib\u00ed, no conforme<\/h3>\n<p>En este sentido, <strong>firmar la carta de despido por parte del trabajador<\/strong> lo es a los meros efectos de un <strong><em>\u201cRecib\u00ed\u201d<\/em>\u00a0<\/strong>, sin perjuicio de lo cual el trabajador tendr\u00e1 que leer detenidamente la carta, para evitar firmar otra cosa que no sea una comunicaci\u00f3n de despido. Deber\u00e1 tener especial cuidado con la <strong>fecha que consta en la carta<\/strong>, debiendo cerciorarse que la misma coincide con la fecha en que est\u00e1 recibiendo la carta de despido, y no se corresponde con una fecha distinta, anterior o posterior.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s acertado ser\u00e1 <strong>firmar la carta de despido poniendo el trabajador de su pu\u00f1o y letra la fecha en que recibe la carta\u00a0 y hacer constar:<\/strong><\/p>\n<blockquote><p><em>\u201cNo conforme\u201d<\/em><\/p>\n<p><em>\u201cRecibo esta comunicaci\u00f3n sin que ello suponga pronunciamiento sobre su contenido\u201d,<\/em>.<\/p><\/blockquote>\n<h3>El Finiquito<\/h3>\n<p>El <strong>documento de liquidaci\u00f3n y finiquito<\/strong> es, por lo general,\u00a0un documento que se suele entregar al trabajador junto con la carta de despido, en el que la empresa hace constar la percepci\u00f3n por parte del trabajador de unas cantidades econ\u00f3micas como motivo de la finalizaci\u00f3n de su contrato de trabajo salario pendiente a la fecha de la extinci\u00f3n, vacaciones\/pagas extras pendientes de abono, etc.)<\/p>\n<p>Este documento suele incluir un p\u00e1rrafo por el que se establece que ambas partes declaran que con la percepci\u00f3n de las cantidades que constan en dicho documento,<\/p>\n<blockquote><p><strong><em><u>se da por terminada la relaci\u00f3n laboral, no teniendo el trabajador nada m\u00e1s que reclamar por ning\u00fan concepto a la empresa.<\/u><\/em><\/strong><\/p><\/blockquote>\n<p>Es por ello por lo que no es conveniente firmar este documento, dado que el trabajador podr\u00eda encontrarse con problemas para reclamar posteriormente contra el despido u otros conceptos. En todo caso, si el trabajador firma este documento deber\u00e1 revisar la fecha del mismo, cerciorarse de que ha percibido las cantidades que constan en el mismo, as\u00ed como a\u00f1adir a su firma <em>\u201c<strong>No conforme\u201d <\/strong><\/em><strong>o <em>\u201cSujeto a revisi\u00f3n\u201d<\/em>.<\/strong><\/p>\n<h2>Firmar la carta de despido: M\u00e1s vale prevenir que curar<\/h2>\n<p>De todos modos, y en aras a evitar problemas por el hecho de no tener un asesor en la misma firma del documento que nos diga c\u00f3mo hacerlo, <strong>lo m\u00e1s cauto ser\u00eda no firmarlo hasta que un asesor especializado en derecho laboral haya dado el visto bueno. <\/strong>En todo caso, debemos recordar que no hay que firmar la carta de despido ni cualquier otro documento que no nos den copia.<\/p>\n<p>En definitiva, debemos estar muy atentos con los documentos que firmamos en el momento del despido, teniendo en cuenta que el contenido de los mismos puede variar, siendo la mejor opci\u00f3n la de asesorarnos por un profesional antes de tomar ninguna decisi\u00f3n.<\/p>\n<p><span lang=\"CA\">\u00c1rea Laboral<br \/>\nSeguridad Social<br \/>\nProcesal Laboral<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la mayor\u00eda de ocasiones en que se produce un despido, con entrega en mano al trabajador de carta de despido y otros documentos, el trabajador se encuentra en una situaci\u00f3n que le produce un sinf\u00edn de interrogantes. 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