

{"id":6694,"date":"2016-10-03T06:42:28","date_gmt":"2016-10-03T04:42:28","guid":{"rendered":"https:\/\/beta.aurisadvocats.com\/2016\/10\/03\/modificaciones-en-el-pago-fraccionado-del-impuesto-de-sociedades\/"},"modified":"2021-01-09T14:32:34","modified_gmt":"2021-01-09T12:32:34","slug":"modificaciones-en-el-pago-fraccionado-del-impuesto-de-sociedades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auris.bcntic.com\/en\/modificaciones-en-el-pago-fraccionado-del-impuesto-de-sociedades\/","title":{"rendered":"Modificaciones en el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades"},"content":{"rendered":"<p>Como se ven\u00eda anunciando desde hace unas semanas, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley que introduce modificaciones en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Las medidas afectan a empresas con un volumen de facturaci\u00f3n superior a diez millones de euros, entidades de cr\u00e9dito y a las que se dediquen a la explotaci\u00f3n de yacimientos de hidrocarburos, <strong>y entrar\u00e1n en vigor de forma inmediata<\/strong>, afectando al pr\u00f3ximo pago fraccionado, el correspondiente al mes de octubre, cuyo plazo de presentaci\u00f3n ha empezado el d\u00eda 1 de octubre.<\/p>\n<p>Os adelantamos un resumen de las medidas adoptadas.<\/p>\n<p>1.- Se fija un pago fraccionado m\u00ednimo para empresas que facturen m\u00e1s de diez millones de euros y para las entidades de cr\u00e9dito y las que se dediquen a la explotaci\u00f3n de yacimientos de hidrocarburos. Las medidas no van a afectar a las Empresas de Reducida Dimensi\u00f3n, que constituyen la mayor\u00eda del tejido empresarial espa\u00f1ol.<\/p>\n<p>2.- La figura de un tipo m\u00ednimo en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades no supone una subida del tipo de gravamen del impuesto, sino de un mayor adelanto a cuenta de lo que deban tributar, que ser\u00e1 descontado cuando presenten la oportuna declaraci\u00f3n del impuesto, seg\u00fan estipula la Ley.<\/p>\n<p>\u2022 El tipo m\u00ednimo en el pago fraccionado ser\u00e1 del 23 por 100 del resultado contable.<\/p>\n<p>\u2022 El pago fraccionado m\u00ednimo ser\u00e1 del 25 por 100 del resultado contable positivo, para las empresas con facturaci\u00f3n superior a los diez millones de euros y que cuentan con un tipo de gravamen incrementado del 30 por 100 en el Impuesto sobre Sociedades (el tipo general del gravamen es del 25 por 100). Concretamente, este pago fraccionado m\u00ednimo incrementado del 25 por 100 corresponder\u00e1 a las entidades de cr\u00e9dito y las que se dediquen a la exploraci\u00f3n de yacimientos de hidrocarburos (excluidas otras como el refino), seg\u00fan marca la Ley del citado impuesto.<\/p>\n<p>3.- La aplicaci\u00f3n del nuevo pago fraccionado m\u00ednimo contar\u00e1 con algunas excepciones como las rentas derivadas de operaciones de quita consecuencia de un acuerdo de acreedores y las rentas exentas que afecten a entidades sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p>4.- Adem\u00e1s de fijar un pago fraccionado m\u00ednimo, se modifica tambi\u00e9n el c\u00e1lculo del pago fraccionado para las empresas con volumen de facturaci\u00f3n superior a diez millones de euros, con el fin, precisamente de aproximarlo al tipo nominal del impuesto. De esta forma, se aplicar\u00e1 el 24 por 100 de la base imponible en vez del 17 por 100 actual.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-218\" src=\"https:\/\/auris.bcntic.com\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/jordi-300x200.jpg\" alt=\"Jordi Tol\u00f3s\" width=\"300\" height=\"200\" \/><\/p>\n<p>Jordi Tol\u00f3s<br \/>\nAsesoramiento Fiscal<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como se ven\u00eda anunciando desde hace unas semanas, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley que introduce modificaciones en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. 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