

{"id":11111,"date":"2023-06-27T12:53:18","date_gmt":"2023-06-27T10:53:18","guid":{"rendered":"https:\/\/auris.bcntic.com\/?p=11111"},"modified":"2023-06-29T10:51:14","modified_gmt":"2023-06-29T08:51:14","slug":"tarjetas-revolving-que-riesgos-suponen-y-como-puedes-recuperar-tus-intereses","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/tarjetas-revolving-que-riesgos-suponen-y-como-puedes-recuperar-tus-intereses\/","title":{"rendered":"Tarjetas revolving. Qu\u00e9 riesgos suponen y c\u00f3mo puedes recuperar tus intereses"},"content":{"rendered":"<h2>Los contratos de tarjetas de cr\u00e9dito \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb pueden ser declarados nulos, por su car\u00e1cter usurario o abusivo<\/h2>\n<p>Las tarjetas \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb\u00a0han generado un gran n\u00famero de litigios en nuestro pa\u00eds, debido a los elevados intereses vinculados a este tipo de cr\u00e9ditos y a su elevada comercializaci\u00f3n por parte de las entidades financieras. Esa gran litigiosidad, que se inicia con la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015, persiste a d\u00eda de hoy.<\/p>\n<p>Las tarjetas \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb\u00a0son un producto muy extendido en el mercado crediticio nacional, donde la mayor\u00eda de entidades financieras han comercializado masivamente este tipo de cr\u00e9ditos, en los que el l\u00edmite del cr\u00e9dito se va modificando de forma constante, mediante las compras o disposiciones de efectivo que va realizando el titular de la tarjeta. En la mayor\u00eda de los casos, los contratos de tarjetas de cr\u00e9dito \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb pueden ser declarados nulos, por su car\u00e1cter usurario o abusivo.<\/p>\n<p>El gancho comercial de estos productos es perfecto, ya que las cuotas mensuales suelen ser muy reducidas, en comparaci\u00f3n con el importe de la deuda pendiente acumulada. Adem\u00e1s, se permite al titular elegir el importe de la cuota mensual, dentro de unos m\u00ednimos establecidos por la entidad acreedora. Ese gancho comercial, tan atractivo (debes mucho y pagas poco), esconde un efecto muy negativo para el consumidor: la prolongaci\u00f3n excesiva, por no decir interminable, de la duraci\u00f3n del pr\u00e9stamo. Por ese motivo, nuestros tribunales han llegado a calificar al cr\u00e9dito \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb como \u00abdeuda perpetua\u00bb.<\/p>\n<p>Otro dato importante es que, con el abono de las cuotas mensuales de las tarjetas \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb, se paga una elevada proporci\u00f3n de intereses y apenas se amortiza el capital realmente dispuesto por el consumidor. A efectos pr\u00e1cticos, esto supone que, con el abono mensual de las cuotas del cr\u00e9dito \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb, el consumidor va pagando mensualmente a la entidad financiera los elevados intereses de estos productos. No obstante, de esa cuota mensual, solo se destina una peque\u00f1a parte a pagar la cantidad prestada. Por lo tanto, la din\u00e1mica de las tarjetas \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb implica que la deuda apenas se reduce con el pago de las cuotas mensuales y, en consecuencia, se siguen generando los elevados intereses vinculados a este tipo de productos financieros t\u00f3xicos. Por este motivo, nuestros tribunales, tambi\u00e9n han declarado que este tipo de cr\u00e9ditos pueden convertir al desafortunado titular de los mismos en un \u00abdeudor cautivo\u201d.<\/p>\n<h3>Nuevo criterio de valoraci\u00f3n establecido por el\u00a0Tribunal Supremo<\/h3>\n<p>Finalmente, debemos destacar que, recientemente, el Pleno de nuestro Tribunal Supremo ha fijado un criterio de valoraci\u00f3n sobre esta materia, en la <a title=\"sentencia 258\/2023\" href=\"https:\/\/www.poderjudicial.es\/search\/AN\/openDocument\/79b071ac0f766633a0a8778d75e36f0d\/20230224\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">sentencia 258\/2023<\/a>. Ese criterio viene a establecer cuando los intereses de las tarjetas \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb deben ser declarados judicialmente como usurarios. Con ello, el alto tribunal persigue dotar de mayor seguridad jur\u00eddica al mercado y favorecer el car\u00e1cter predecible de las resoluciones judiciales; facilitando a su vez la igualdad de trato, en situaciones iguales o equivalentes. El criterio fijado por el Tribunal Supremo determina como usurarios los intereses de una tarjeta \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb, cuando superen en seis puntos el tipo medio de referencia en el momento de la contrataci\u00f3n de la tarjeta. Por lo tanto, si el inter\u00e9s aplicable al contrato es del 26,87 %, y el tipo medio de referencia en el momento de contratar la tarjeta era del 20,00 %, los intereses se consideran usurarios.<\/p>\n<blockquote><p>Si eres el titular de una tarjeta de cr\u00e9dito \u00ab<em>revolving<\/em>\u00bb, desde <a href=\"https:\/\/auris.bcntic.com\/\"><span style=\"color: #008b8f;\"><strong>AURIS <\/strong><\/span><\/a>podemos asesorarte para que puedas liberarte de los elevados intereses asociados a este tipo de productos bancarios; con la finalidad de que puedas solventar la \u00abdeuda perpetua\u00bb que suponen estos cr\u00e9ditos, y puedas dejar ser un \u00abdeudor cautivo\u00bb.<\/p><\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los contratos de tarjetas de cr\u00e9dito \u00abrevolving\u00bb pueden ser declarados nulos, por su car\u00e1cter usurario o abusivo Las tarjetas \u00abrevolving\u00bb\u00a0han generado un gran n\u00famero de litigios en nuestro pa\u00eds, debido a los elevados intereses vinculados a este tipo de cr\u00e9ditos y a su elevada comercializaci\u00f3n por parte de las entidades financieras. 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