

{"id":10456,"date":"2022-07-27T13:35:26","date_gmt":"2022-07-27T11:35:26","guid":{"rendered":"https:\/\/auris.bcntic.com\/?p=10456"},"modified":"2022-07-27T13:44:16","modified_gmt":"2022-07-27T11:44:16","slug":"los-sistemas-whistleblowing-en-espana-una-realidad-cada-vez-mas-cercana-para-las-empresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/los-sistemas-whistleblowing-en-espana-una-realidad-cada-vez-mas-cercana-para-las-empresas\/","title":{"rendered":"Los sistemas whistleblowing en Espa\u00f1a. Una realidad cada vez m\u00e1s cercana para las empresas"},"content":{"rendered":"<h2 style=\"font-weight: 400;\">El Canal de Denuncias Whistleblowing<\/h2>\n<h3 style=\"font-weight: 400;\">1.- concepto y encuadramiento sistem\u00e1tico en la normativa:<\/h3>\n<p style=\"font-weight: 400;\">La necesidad de las empresas de blindarse ante eventuales responsabilidades que puedan tener origen de manera directa o indirecta en el desarrollo de sus actividades ha propiciado la creaci\u00f3n de disciplinas profesionales, como el <strong><em>Corporate Compliance<\/em><\/strong>, especializadas en la detecci\u00f3n, prevenci\u00f3n, gesti\u00f3n, control y reacci\u00f3n ante los posibles incumplimientos que puedan cometerse a nivel operativo y legal en el seno de \u00e9stas.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Dicha actividad preventiva se encuentra todav\u00eda en una fase de expansi\u00f3n y desarrollo normativo por lo que no es inusual encontrarnos con regulaciones parciales de un fen\u00f3meno \u00fanico y mucho m\u00e1s complejo que va siendo integrado paso a paso.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Una de esas regulaciones de car\u00e1cter parcial se encuentra configurada como norma de la UE a trav\u00e9s de la <strong>Directiva 2019\/1937 de 23 de octubre de 2019<\/strong>, <em>relativa a la protecci\u00f3n de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Uni\u00f3n<\/em>. A trav\u00e9s de dicha norma, el canal de denuncias deja de ser algo meramente deseable, a efectos de cumplimentar una pol\u00edtica de buenas pr\u00e1cticas, para convertirse en un instrumento obligatorio para las empresas con determinadas caracter\u00edsticas. En concreto, la Directiva establec\u00eda la obligatoriedad de los Estados Miembros de adoptar las disposiciones necesarias para la implementaci\u00f3n de dicho canal en empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores en dos fases:<\/p>\n<ul>\n<li>1\u00aa fase: las empresas de 250 trabajadores o m\u00e1s, deb\u00edan cumplir con las las disposiciones adoptadas por los Estados Miembros emanadas de las obligaciones impuestas por la Directiva a partir del pasado 17 de diciembre de 2021, siendo obligatorio a partir de tal fecha para dichas empresas.<\/li>\n<li>2\u00aa fase: lo mismo ocurrir\u00e1 para las empresas de 50 a 249 trabajadores a partir del 17 de diciembre de 2023.<\/li>\n<li>Tambi\u00e9n resulta obligatoria para aquellos entes p\u00fablicos de menos de 50 trabajadores excepto aquellos municipios de menos de 10.000 habitantes.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"font-weight: 400;\">No obstante, a pesar de la taxatividad de los plazos impuestos por la UE, el Consejo de Ministros apenas aprob\u00f3 el pasado 4 de marzo 2022 el <strong>Anteproyecto de Ley <\/strong><em>reguladora de la protecci\u00f3n de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupci\u00f3n, <\/em>siendo que la aprobaci\u00f3n definitiva del proyecto de ley en las Cortes Generales se producir\u00e1, previsiblemente, en torno al tercer trimestre del a\u00f1o en curso, lo cual hace que la obligaci\u00f3n que marca la UE hacia Espa\u00f1a de transponer la Directiva se encuentre en pleno vigor, mas las empresas no dispongan todav\u00eda de las disposiciones normativas necesarias para poder implementar el Canal de Denuncias conforme a las exigencias de la Directiva.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">A partir de la entrada en vigor de la Ley, las empresas obligadas dispondr\u00e1n de un plazo de 3 meses para adaptarse a las disposiciones de la misma.<\/p>\n<h3 style=\"font-weight: 400;\">2.- Requisitos del Canal de Denuncias:<\/h3>\n<p style=\"font-weight: 400;\">De la misma forma que el Canal de Denuncias se erige como un requisito fundamental, necesario pero no suficiente, para la configuraci\u00f3n de un correcto <em>Compliance<\/em>, dicho canal debe contar con una serie de requisitos b\u00e1sicos para que \u00e9ste pueda ser considerado como \u201cefectivo\u201d en el sentido de que produzca los resultados que la Directiva busca, a saber, prevenir las infracciones del Derecho de la Uni\u00f3n en las siguientes \u00e1reas: contrataci\u00f3n p\u00fablica, servicios financieros, seguridad de los productos, de los alimentos y del transporte, protecci\u00f3n del medio ambiente, sanidad animal, seguridad nuclear, salud p\u00fablica, protecci\u00f3n de los consumidores, privacidad y protecci\u00f3n de datos, competencia, mercado interior o intereses financieros de la Uni\u00f3n. Por supuesto este \u00e1mbito se trata de un \u00e1mbito objetivo m\u00ednimo pendiente de ser ampliado por las disposiciones estatales destinadas a transponer la Directiva.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">As\u00ed, para poder entender que un Canal de Denuncias es efectivo resulta necesario que \u00e9ste cumpla, <em>grosso modo<\/em>, con los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li type=\"a\"><em>Accesibilidad:<\/em> obligaci\u00f3n de designar a un \u201c<em>Responsable del Sistema<\/em>\u201d y proporcionar informaci\u00f3n clara y accesible. Por ejemplo, que dicho canal sea accesible a trav\u00e9s de la propia p\u00e1gina web de la empresa y que la informaci\u00f3n est\u00e9 en el idioma del lugar de trabajo.<\/li>\n<li><em>Formaci\u00f3n<\/em>: deber\u00e1 proporcionarse informaci\u00f3n a todas las personas de la empresa acerca de la existencia y el funcionamiento de dicho canal.<\/li>\n<li><em>Notificaci\u00f3n a la RLT: <\/em>la implantaci\u00f3n del sistema interno de denuncias estar\u00e1 condicionada a la previa consulta con la representaci\u00f3n legal de los trabajadores.<\/li>\n<li><em>Confidencialidad: <\/em>este es, quiz\u00e1s, el m\u00e1s importante de todos los requisitos y es que la confidencialidad juega un papel crucial a la hora de garantizar la imparcialidad de la investigaci\u00f3n y en la evitaci\u00f3n de eventuales represalias que pudieran derivarse del uso del Canal de Denuncias, hechos que, de lo contrario, provocar\u00edan la renuncia de los afectados a usarlo por miedo a posibles consecuencias negativas, haciendo est\u00e9ril cualquier intento de cumplir con el fin \u00faltimo de la Directiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">De hecho, la necesidad de garantizar la confidencialidad es tan importante que las medidas m\u00e1s destacables del anteproyecto guardan relaci\u00f3n con tal garant\u00eda. As\u00ed, cabe destacar algunas como:<\/p>\n<ul>\n<li>Prohibici\u00f3n de toda represalia al informante hasta transcurridos 2 a\u00f1os desde la finalizaci\u00f3n del procedimiento de investigaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Inversi\u00f3n de la carga de la prueba. Cualquier medida de car\u00e1cter desfavorable o degradante que coincida con haber cursado una comunicaci\u00f3n se presumir\u00e1 como una represalia y ser\u00e1 la empresa la deber\u00e1 acreditar que la medida impugnada est\u00e1 justificada y es ajena a tal comunicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Se contempla la creaci\u00f3n de una Autoridad Independiente de Protecci\u00f3n del Informante, adscrita al Ministerio de Justicia, con potestad de sancionar aquellas infracciones previstas en la Ley, las cuales est\u00e1n divididas en leves, graves y muy graves. Entre las muy graves se encuentran conductas como las de impedir aportar informaciones a la persona que cursa la comunicaci\u00f3n o las de no cumplir con los derechos de confidencialidad \/ anonimato, las cuales podr\u00e1n ser sancionadas hasta con 1 mill\u00f3n de euros de multa.<em>\u00a0<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<h3 style=\"font-weight: 400;\">3.- Legitimados:<\/h3>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Estar\u00e1n legitimados a cursar una denuncia tanto los trabajadores como los accionistas, administradores, mandos intermedios, clientes, proveedores o, en definitiva, cualquier persona que por cualquier circunstancia haya tenido conocimiento de la comisi\u00f3n de una irregularidad en la empresa.<\/p>\n<h3 style=\"font-weight: 400;\">4.- Modelos de Canal de Denuncias:<\/h3>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Los modelos m\u00e1s usuales para desarrollar el Canal de Denuncias son los siguientes, siendo el \u00faltimo el que mejor se adapta a las exigencias de confidencialidad exigidas por la normativa.<\/p>\n<ol type=\"a\">\n<li><em>Modelo presencial<\/em>: en un departamento de la empresa o empresa externa.<\/li>\n<li><em>Modelo telef\u00f3nico<\/em>: \u00eddem.<\/li>\n<li><em>Modelo correo electr\u00f3nico<\/em>: dirigiendo una comunicaci\u00f3n a un buz\u00f3n (f\u00edsico) o, normalmente, correo electr\u00f3nico corporativo con la denuncia de la infracci\u00f3n.<\/li>\n<li><em>Modelo software:<\/em> a trav\u00e9s de una plataforma de denuncia en la que se rellena un formulario y \u00e9sta remite un c\u00f3digo autom\u00e1tico para asegurar la recepci\u00f3n de la denuncia y permitir la comunicaci\u00f3n virtual completamente an\u00f3nima entre el investigador y el denunciante, as\u00ed como la aportaci\u00f3n de informaci\u00f3n necesaria (videos, fotos, mensajes\u2026).<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Por su parte, la gesti\u00f3n del proceso de denuncias, as\u00ed como la investigaci\u00f3n de las mismas, podr\u00e1 realizarse tanto por parte de la empresa como por parte de una empresa externa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Canal de Denuncias Whistleblowing 1.- concepto y encuadramiento sistem\u00e1tico en la normativa: La necesidad de las empresas de blindarse ante eventuales responsabilidades que puedan tener origen de manera directa o indirecta en el desarrollo de sus actividades ha propiciado la creaci\u00f3n de disciplinas profesionales, como el Corporate Compliance, especializadas en la detecci\u00f3n, prevenci\u00f3n, gesti\u00f3n, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":26,"featured_media":10457,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":""},"categories":[1007,1127],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10456"}],"collection":[{"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/26"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10456"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10456\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10461,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10456\/revisions\/10461"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10457"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10456"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10456"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/auris.bcntic.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10456"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}